Resumen: El trabajador demandante, afiliado sindical, fue despedido disciplinariamente por haber disfrutado reiteradamente de permisos retribuidos por asistencia al centro médico acompañando a su padre, aportando para ello justificantes falsos. La sentencia del Juzgado de lo Social ha declarado la improcedencia de dicho despido por no haberse dado audiencia a la sección sindical a la que estaba afiliado el demandante. La Sala, al analizar los recurso de suplicación formulados contra la sentencia recurrid, concluye que sí se ha producido dicha audiencia, y que el hecho de que se hubiese descontado ya al demandante el salario correspondiente a las ausencias justificados no supone que un mismo hecho sea sancionado dos veces, con lo que revoca la sentencia recurrida y declarad procedente el despido.
Resumen: Condena por un delito de abuso sexual sobre una de las víctimas y absuelve por los delitos imputados como cometidos sobre la otra víctima. El acusado, coordinador de una casa de apoyo a reclusos para su integración social, llevó a su domicilio a un recluso que disfrutaba permiso penitenciario y le realizó, sin consentimiento de éste, tocamientos en el pene, dándole besos en la cara y cuello y llevando la mano de la víctima al pene del acusado para que lo tocase. Los hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual ante la falta de consentimiento de la víctima, logrando el acusado sus fines sin empleo de violencia o intimidación. Para la comisión del delito ya no es necesario el elemento subjetivo del ánimo libidinosos o propósito de obtener una satisfacción sexual, bastando el acto sexual, en sí mismo considerado, constituyente de un acto atentatorio contra la indemnidad sexual de la víctima, cualquiera que sea el móvil del autor de la acción. Se aplica la agravante de reincidencia, al no haber transcurrido el plazo de cancelación de antecedentes penales generados por una condena de abusos sexuales anterior. No se aprecia la existencia de la atenuante de dilaciones indebidas. Se declara la responsabilidad civil de la entidad de acogida para la que trabajaba el acusado, al darse: a) una relación de dependencia del autor y la entidad; b) actuación en el marco de las funciones propias del cargo o empleo; c)conexión entre el delito y la clase de actividad propia del empleo,
Resumen: Los representantes de los trabajadores solicitan se declare nula o, subsidiariamente, improcedente la extinción de los contratos de trabajo de 25 trabajadores de la empresa demandada, alegando que no existe causa legal para la misma, que si les ha entregado la documentación prevista, y que la decisión extintiva se ha adoptado con fraude, dolo, coacción o abuso de derecho. La Sala, tras desestimar las excepciones de incompetencia de jurisdicción por razón de la materia y falta de legitimación pasiva, analiza cada una de las alegaciones de la demanda y concluye declarando la procedencia del despido colectivo impugnado.
Resumen: Los demandantes, miembros de la comisión ad hoc, formulan demanda solicitando la declaración de nulidad de la suspensión de los contratos de trabajo de sus empleados, acordada por la empresa demandada. La sentencia del Juzgado de lo Social desestima la demanda. La Sala, al analizar el recurso de suplicación de los demandantes, concluye que durante el período de consultas se negoció de buena fe y la empresa aportó la documentación requerida, con lo que, habiendo quedado probadas las causas aducidas para la suspensión de los contratos, confirma la sentencia recurrida.